Home |
Personal Injury Lawyer & Workers Compensation Attorney Richard B. Hein & Staff in St. Louis, Missouri
Seek advice now:


International Law Firms

NUESTRA FIRMA, MISIÓN Y FILOSOFÍA

GENERAL INSRUCTIONS / FREQUENTLY ASKED QUESTIONS
FOR INJURY VICTIMS WE REPRESENT

Las Cosas que NO DEBERÍA de Hacer
Las Cosas que Hay que RECORDAR
Cinco ERRORES GRANDES que Cometen Nuestros Clientes
Seguir las Instrucciones de su Doctor
Primeros Pasos en Representarle
Con Quien Hay que Hablar
Qué Hay que Firmar
Pagos Médicos antes de Arreglar su Caso
Mantenga Historiales Detallados
Derechos de Retención Médicos
Subrogación
Es Posible que le Estará Mirando o Sacando Fotos
Bancarrota
¿Por qué Tarda Tanto?
¿Cuál es el Valor de mi Caso?
Registrar una Demanda
Mediación
Conductores Sin Aseguranza/Sin Aseguranza Suficiente
Reclamos en Contra del Gobierno
¿Cuánto cuesta para contratarles?
¿Cómo pago los costos y gastos del caso?
¿Cómo voy a pagar mis facturas médicas?
¿Cómo deciden Uds. si tomarán mi caso?
¿Cuánto voy a recaudar de mi caso de daños personales?
No vivo ni en Missouri ni en Illinois. ¿Todavía pueden tomar mi caso?
¿Quién de su bufete trabajará en mi caso?
¿Cuánto tiempo pasará para tener un juicio?
¿Si hay un juicio tendré que estar presente?
¿Si se arregla mi caso, cuanto tiempo pasará para que reciba dinero?
¿Me hablará antes de arreglar mi caso?




Mantenga Historiales Detallados

No dude en anotar lo siguiente:

1. Tiempo perdido y salario

2. Otros gastos resultando de sus lesiones, por ejemplo, transporte, asistencia brindada en casa, etc.

3. Dolor y sufrimiento.

4. Sus limitaciones físicas.

Es importante anotar sus datos seguidamente. Un sumario al empezar cada mes nos será útil. Copias de cheques y recibos para pagos, tanto como los records anotados arriba, servirán para recordarle cuando le pregunte la aseguradora o un abogado a que recuerde sobre su dolor, discapacidades físicas, y cualesquier gastos pagados del bocillo, inclusive de medicamentos.



Derechos de Retención Médicos

Algunos de nuestros clientes están involucrados en un accidente cuando no hay cobertura para pagos médicos, ni aseguranza de compensación laboral ni aseguranza de seguro privada. En dichos casos, su doctor va a querer recibir su pago al brindarle su asistencia médica o al fin del caso. Muchas veces se les requiere el comprometerse Ud. en forma escrita a dirigirnos a pagarles directamente de lo recaudado del caso. Las leyes estatales a veces permiten a los proveedores de asistencia médica a que registren un “derecho de retención” (conocido en inglés como lien) que obligatoriamente hay que retener de lo recaudado del caso para pagárselo. Si su doctor le pide la firma en lo que se llama una carta de derecho de retención, no dude en llamarnos. En algunos casos, no es apropiado el firmar dichos acuerdos.



Subrogación

Si alguna compañía de aseguranza paga alguna parte de sus gastos médicos u otros costos resultando de su accidente, la ley provee para “subrogación” que quiere decir que la compañía aseguradora tiene el derecho de recibir como reembolso algunas o todas las cantidades pagadas en su nombre. Si esto es el caso, a veces se les requiere a que paguen su porción proporcional de los gastos legales en conexión con el caso. Se maneja esto de caso a caso.



Es Posible que le Estará Mirando o Sacando Fotos

Cuando se registra un reclamo en nombre de una persona lesionada, de rutina la aseguradora conduce una investigación detallada del perfil de la persona lesionada. No es rara vez que la aseguradora ponga su camioneta de vigilancia cerca de su casa para sacar video de sus actividades. Estos investigadores trabajan duro para obtener cintas de video de reclamantes levantando cosas pesadas o haciendo ejercicio vigoroso. Sin embargo, se pueden utilizar las mismas cintas de video para corroborar las limitaciones de nuestros clientes, inclusive de la utilización de bastones, muletas, etc.

Si Ud. cree que le tiene bajo vigilancia, nos llama por favor e intente evitar la cámara. No exagere sus limitaciones ni pose por la cámara.



Bancarrota

Si Ud. está considerando el registrar para bancarrota, hay que saber que es posible que pierde todos los derechos a su caso de daños corporales. La Corte de Bancarrota puede tomar su caso, arreglarlo y dar lo recaudado a sus acreedores, y no recibirá Ud. nada. No falle en hablar con sus abogados antes de registrar para bancarrota.



¿Por qué Tarda Tanto?

No podemos hacer la propuesta para arreglar su caso hasta que todos los doctores nos hayan percibido sus informes declarando exactamente la que es su condición médica y lo que esperan que será en el futuro: dicho de otra forma, hasta que Ud. haya llegado al punto de “mejoría médica máxima.” Muchas veces los doctores son lentos en hacer dichos informes. A veces, es posible que le pedimos o su doctor a que adelante este proceso. Si arreglamos su caso antes de que se haya estabilizada su condición médica, podría Ud. perder dinero al cual pudiera haber tenido derecho para condiciones que no se mostró hasta que después de que se arregló su caso.

Es importante saber que su caso no se arreglará hasta que se hayan determinado el alcance de sus daños ni hasta que se hayan cumplido todas las investigaciones para determinar la responsabilidad. Por lo general, se tarda varios meses para acumular la información necesaria. Si hace falta un juicio, puede demorar varios años para terminar un caso. Unas de las solicitudes más difíciles que le hacemos a nuestros clientes es que tengan paciencia. Trabajaremos tan rápido y duro que es posible para arreglar su caso de una forma rápida.



¿Cuál es el Valor de mi Caso?

Se nos hace imposible determinar de inmediato cuanto dinero, si algo, recibirá como compensación en su caso. No hay ningún formulario y cada caso es único y diferente. En casos de lesiones serias, la cantidad recuperada se relaciona muchas veces con la cantidad de aseguranza disponible, tanto como la naturaleza, alcance y duración de las lesiones, junto con la asesoría sobre la cuestión de la responsabilidad. Como sus abogados, sentimos que es nuestro primer deber el obtenerle una cantidad de dinero que le compensará justamente y razonablemente sus lesiones. Haremos cada esfuerzo cumplir este objeto por ubicar todas las fuentes de recuperación. Le avisamos de nuestra evaluación en cuanto a esta cuestión.

Por lo general, la mayoría de los estados permiten compensación de daños por los siguientes elementos de daño:

1. La naturaleza y alcance de la lesión, inclusive de la permanencia de la lesión o la cantidad de discapacidad.

2. Gastos médicos, tanto anteriores como aquellos razonablemente ciertos para incurrirse en el futuro, inclusive de millaje al hospital y/o al doctor.

3. Salario perdido, pasado y futuro con pérdida de capacidad para ganar la vida.

4. Daños y perjuicios por dolor y sufrimiento, inclusive de los daños materiales y otras piezas de propiedad mueble.

5. Pérdida de consorcio para su esposa, pasado y futuro.



Registrar una Demanda

Podría ser necesario el registrar una demanda para obtener compensación adecuada. Esto es una decisión legal que debería de ser tomada por su abogado junto con sus ideas. Antes de registrar una demanda en su caso, obtendremos la autorización de Ud. y explicarle el porque pensamos que es necesario registrar una demanda.

Aun que es posible que haya falta el registrar una demanda, siempre un arreglo negociado es posible. Las negociaciones siguen y solamente un porcentaje pequeño de demandas realmente llegan a juicio.

Los pasos siguientes son necesarios para llevar a cabo un juicio:


A. Las Presentaciones en Juicio

Las Presentaciones en Juicio son los documentos que registran las partes en la Corte que forman la base de un pleito. Esta es información general, y cada caso es diferente.

1. Queja o Petición. Una demanda se registra en contra de la contraparte por medio de registrar un documento conocido como “la queja” o “la petición.” La persona que lleva a cabo la acción es el demandante – Ud. La persona en cuya contra se registra la demanda es el demandado. La petición es una declaración de acontecimientos alegando los nombres de las partes y alegando el porque el conducto del demando le da el derecho al demandante de recuperar daños.

2. Citación. Una vez registrada la petición del demandante, se le emite una “citación” para entregársela al demandado por un oficial de la Corte, normalmente un oficial de policía o investigador privado, notificándole al demandado de que se haya registrado una demanda y que se requiere una respuesta formal dentro de un dado período de tiempo o se le registrará un fallo en rebeldía en su contra.

3. Respuesta o Moción. La contestación que registra el demandado se llama “la Respuesta”, que está preparada por el abogado de la contraparte. Alternativamente, si el abogado de la contraparte cree que hay algún defecto con la demanda se puede registrar una Moción para Retirar la Demanda o para Techar las porciones defectuosas de la Petición.


B. Descrubimiento Legal

Una vez registrada una Demanda, las dos partes tienen el derecho de “descubrir” los hechos sobre el caso de la contraparte. Los procedimientos normales de descubrimiento incluyen interrogatorios escritos, declaraciones juradas, entregas de documentos, y a veces, examinaciones médicas.

1. 1. Interrogatorios.

Cada parte puede entregar preguntas escritas a la contraparte, llamadas “interrogatorios”. Se le requiere una respuesta a estas preguntas dentro de un período de tiempo indicado, en forma escrita, bajo juramento. Entregaremos preguntas escritas a la contraparte en nombre de Ud., y el demandado le entregará interrogatorios por medio de nosotros, que Ud. debe de contestar. Nuestra plantilla le ayudará en preparar sus respuestas.

2. 2. Declaraciones Juradas

Una Declaración Jurada es una declaración oral y transcribida, dada bajo juramento, que puede utilizarse por cualquier de las dos partes en un pleito. Tiene el mismo efecto de testificar en un juicio. Se utiliza para aprender tan mucho como posible sobre el caso de la contraparte. Aquellos presentes son las partes involucradas, sus abogados, a veces otros testigos, y una funcionaria de la Corte que pasa todo palabra por palabra a máquina, poniéndolo en forma de librito.

Normalmente se ponen de acuerdo los abogados en adelantado sobre donde se tomarán lugar las declaraciones. Normalmente sucede que toman lugar en una de las oficinas de los abogados.

La ley le obliga someterse a una declaración jurada. No es algo opcional. Por eso, necesitaremos su cooperación completa. Antes de la declaración, su Abogado hablará con Ud. Sobre los acontecimientos del caso y le responderá cualesquier preguntas que tenga.

MUCHAS VECES SU DECLARACION ES LA PARTE MAS IMPORTANTE DE SU CASO. Es importante que Ud. esté bien preparado bien antes de la fecha de la declaración.

a. Siempre diga la verdad, inclusive si se le hace daño a su caso.

b. Conteste solamente la pregunta planteada. No haga declaraciones voluntarias.

c. Piense antes de hacer la respuesta a ninguna pregunta. Si se trata de un asunto del cual no tiene conocimiento, o un detalle que no se acuerda, puede decir eso. Sin embargo, una vez declarado que no se acuerda, es difícil de recordar después y cambiar su testimonio en el juicio.

d. Siempre compórtese de una forma educada. Frecuentemente el abogado de la contraparte le plantear preguntas que le parece a Ud. no tener nada que ver con el caso. Sin perjuicio de que le pueda molestar la pregunta, es su deber de responderla.

e. Nunca miente sobre lesiones o enfermedades previas. Acuérdese, que la contraparte tiene la posibilidad de descubrir dicha información.



Mediación

Hay ocasiones en las cuales las partes someten el desacuerdo a “mediación”. Las partes se reúnen con una persona tercera independiente, normalmente un juez jubilado o abogado con experiencia, quien les ayuda a las partes a llegar a un acuerdo. Los resultados no les obligan a las partes. Es informal, y menos costoso que un juicio. Si es una opción que le interesaría, debería de hablar sobre ella con su abogado.



Conductores Sin Aseguranza/Sin Aseguranza Suficiente

Si fue golpeado por una persona no asegurada o una persona insuficientemente asegurada, puede que Ud. tenga beneficios disponibles bajo su propia póliza de aseguranza o la póliza de aseguranza cubriendo el auto en el que andaba. Muchas compañías aseguradoras tienen provisiones especiales si Ud. desea proceder bajo la cobertura contra terceros no asegurados. En la mayoría de los casos, podrá recibir compensación por sueldo perdido, facturas médicas, daños y perjuicios por sufrimiento, etc., en la misma manera de como si estuviese asegurado el que le chocó. Le pedimos que nos facilite una copia completa de su propia póliza de aseguranza vigente en el momento del accidente.



Reclamos en Contra del Gobierno

Cualquier reclamo por daños personales, sean de un accidente automovilístico u otro evento involucrando el gobierno, está gobernado por reglas especiales. La ente gubermental involucrada puede ser el estado, una ciudad, un condado, un gobierno local, o los Estados Unidos. Por lo general, un Aviso de Reclamo se tiene que registrar con la agencia gubermental apropiada rápidamente después de accidente. Si Ud. Cree que el gobierno puede estar involucrado en su caso, notifíquenos de inmediato.



¿Cuánto cuesta para contratarles?

Tomamos casos de daños personales y de compensación de trabajadores basados en un honorario contingente. Esto quiere decir que si no se recauda nada, no nos adeuda nada para nuestros servicios como honorario. En caso de que sí se recaude dinero, los costos y honorarios incurridos en llevar a cabo el caso se deducen del monto total del fallo o del arreglo.



¿Cómo pago los costos y gastos del caso?

En la mayoría de los casos, nuestra Firma pagará por adelantado los costos y gastos del caso, y nos pagará de reembolso de lo recaudado del caso.



¿Cómo voy a pagar mis facturas médicas?

Estando lesionado por culpa de un tercero es un evento de mala fortuna en la vida de uno. La mayoría de la gente no tiene los miles de dólares ahorrados para pagar facturas de médicos de de hospitales inesperados. Por suerte, la mayoría de la gente sí tiene aseguranza de auto o de casa. La ley de Missouri requiere que todos los conductores tengan una cantidad mínima de cobertura para obtener placas en sus vehículos. Desafortunadamente, existen a veces huecos en la cobertura por falta de pagos, y aquella gente entonces se considera como no asegurada. Aún así, puede que Ud. todavía tenga la oportunidad de recuperar sus gastos médicos por medio de su propia compañía de aseguranza.



¿Cómo deciden Uds. si tomarán mi caso?

Miramos muchos casos. Desafortunadamente, no podemos ayudar a todos los que nos piden nuestra ayuda. Examinamos cada caso individualmente cuando se nos presente. Si creemos que podemos servirle, tomaremos el caso. A veces, si no podemos ayudarle, conocemos a otros abogados que sí le puedan ayudar, y le podemos mandar con ellos. Y en otros casos, trabajaremos juntos con otros abogados para buscar los remedios apropiados en su caso.



¿Cuánto voy a recaudar de mi caso de daños personales?

El valor de cada caso es distinto y tiene que evaluarse por separado. Tomamos mucho tiempo en conducir una evaluación debida de su caso. Nuestra Firma lleva muchos años evaluando casos y representando a gente lesionada. Sin embargo, hay que reconocer que nunca puede garantizarse ningún resultado.



No vivo ni en Missouri ni en Illinois. ¿Todavía pueden tomar mi caso?

Nuestros abogados tienen la licenciatura en Missouri. Sin embargo, si Ud. vive en otro estado donde no tenemos la licenciatura, podemos buscarle otros profesionales de confianza y nos podemos asociar con ellos para trabajar juntos en su caso. Ya que nos asociamos con abogados locales, podemos presentarnos y ejercer en estados donde no tenemos la licenciatura, si hace falta.



¿Quién de su bufete trabajará en mi caso?

Hay muchas personas en cualquier momento que puedan estar trabajando en su caso. Hay abogados y asistentes legales con los quienes Ud. trabajará directamente. Hay también investigadores y otras personas que trabajarán en su caso. Ud. nunca las verá ni tener contacto con algunas de estas personas. Sin embargo, trabajamos como equipo para cerrar su caso de una manera exitosa.



¿Cuánto tiempo pasará para tener un juicio?

Trabajamos en varios tribunales y cada tribunal funciona de una manera distinta. Por tanto el plazo que se toma para solucionar un caso puede ser variable de tribunal a tribunal. Una vez que se sepa en que tribunal será su caso, tendremos una mejor idea sobre el tiempo que puede pasar.



¿Si hay un juicio tendré que estar presente?

Sí. Si hay un juicio, habrá falta su presencia.



¿Si se arregla mi caso, cuanto tiempo pasará para que reciba dinero?

Típicamente, una vez arreglado un caso, los documentos necesarios tienen que intercambiarse entre las partes. Este proceso puede tardar entre 30-45 días, pero bajo ciertas circunstancias, puede tomarse más tiempo.



¿Me hablará antes de arreglar mi caso?

Sí, no se arregla ningún caso sin tener su autorización explícita. Cuando se inicien negociaciones Ud. estará informado y es sólo con su participación, conocimiento y consentimiento completo que pueda arreglarse su caso.



Inspirar, Orientar y Enriquecer las Vidas de Nuestros
Clientes, Empleados y de las Comunidades que Servimos
por medio de la Confianza, la Unicidad y una Pasión por la Excelencia.
THE LAW OFFICE OF RICHARD B. HEIN

7750 Clayton Road, Suite 102
St. Louis, Missouri 63117-1343
EE.UU
Tel: (314) 645-7900
Fax: (314) 645-7901
email: rickhein86@hotmail.com
Como llegar
Afiliado en Buenos Aires:
Estudio Legal Traboulsi y Asociados
7750 Clayton Road. St. Louis, Missouri 63117

Renuncia de Responsabilidad: La Oficina Jurídica de Richard B. Hein le facilita la información en este sitio web para propósitos informativos solamente. La información proveída no constituye consejo legal. La utilización de este sitio no crea una relación abogado-cliente. Comunicación adicional con los abogados de nuestro bufete por medio del sitio web y/o correo electrónico no puede calificarse como confidencial ni privilegiado. Póngase en contacto con nuestros abogados si Ud. desea hablar con más detalle sobre los contenidos de este sitio web.
Sitio web diseñado y mantenido por e-things soluciones s.l.

©2007 The Hein Law Firm, L.C. Todos los Derechos Reservados